Condonando deudas tasas municipales por la Ley 13536.
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CORRESPONDE A EXPTE. Nº 73.033 /09.-

VISTO:

             La nota enviada en el presente expediente, desde la Dirección de Rentas de la Municipalidad de Saavedra – Pigüé, y:

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ordenanza 5496/07, este Municipio adhirió al régimen establecido en la Ley 13.536, promulgada por el Poder Ejecutivo Provincial mediante decreto Nº 2601/06.

Que, este Municipio posee varias partidas encuadradas en la Ley de referencia y que se adjunta un listado de las mismas para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 3º de la ordenanza mas arriba mencionada.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo 1°: Condonase las deudas que mantengan los contribuyentes por la tasa de Servicios Generales, enumerados en el ANEXO I, fojas 2 a 16 del presente expediente, en un todo de acuerdo con la Ordenanza Nº 5496/2007.-

Artículo 2º:   Comuníquese  Regístrese,  y Cumplida, Archívese

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.-

ORDENANZA Nº 5690 /2009