CORRESPONDE A EXPTE. Nº 73.033 /09.-
VISTO:
La nota enviada en el presente expediente, desde la Dirección de Rentas de la Municipalidad de Saavedra – Pigüé, y:
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ordenanza 5496/07, este Municipio adhirió al régimen establecido en la Ley 13.536, promulgada por el Poder Ejecutivo Provincial mediante decreto Nº 2601/06.
Que, este Municipio posee varias partidas encuadradas en la Ley de referencia y que se adjunta un listado de las mismas para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 3º de la ordenanza mas arriba mencionada.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Artículo 1°: Condonase las deudas que mantengan los contribuyentes por la tasa de Servicios Generales, enumerados en el ANEXO I, fojas 2 a 16 del presente expediente, en un todo de acuerdo con la Ordenanza Nº 5496/2007.-
Artículo 2º: Comuníquese Regístrese, y Cumplida, Archívese
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.-
ORDENANZA Nº 5690 /2009