5693

CORRESPONDE A EXPTE Nº 72.714/2009.

VISTO:

La solicitud presentada por los vecinos del lugar, para la construcción de cordón cuneta en calle Pellegrini, entre Liniers y Suipacha de la ciudad de Pigüé.

CONSIDERANDO:

Que, en el registro de oposición abierto en mesa de entrada de la Municipalidad, no se presento ningún vecino en oposición.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Articulo 1º:  Declárese de utilidad pública y de pago obligatorio por los vecinos frentistas la obra “Cordón Cuneta” en los inmuebles baldíos o edificados ubicados sobre la calle PELLEGRINI, entre calles Liniers  y Suipacha, de la ciudad de Pigüé.-

Articulo 2º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.-

ORDENANZA Nº 5693/2009