5694

CORRESPONDE A EXPTE. Nº 68.776 /06.

VISTO:

El Convenio de Cooperación con el Consejo General del Aveyron, Francia, firmado en el año 2006 por el Señor Intendente Municipal.

CONSIDERANDO:

Que, con dicho Convenio se puso en marcha un proyecto piloto de enseñanza del francés y el desarrollo de los intercambios de jóvenes

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo 1°: Apruébese la Cláusula Adicional Nº 1 y Anexo del Convenio de Cooperación suscripto entre el Consejo General del Aveyron, con domicilio en Plaza Charles De Gaulle, de la ciudad de Rodez, Departamento del Aveyron, Francia, en adelante denominado “El Consejo General”, representado por su Presidente. Señor Claude Luche y la Municipalidad de Saavedra – Pigüé, con domicilio en Ciudad de Rodez 99 de la ciudad de Pigüé, Provincia de Buenos Aires, Argentina, en adelante deno9minado  “El Municipio”, representado por su Intendente Municipal Sr. Rubén Carlos Grenada, que tiene por objeto poner en adecuación los términos de los Artículos 3, 5 y 6 del Convenio, en un todo de acuerdo al que se adjunta y corre agregado a las presentes actuaciones.-

Artículo 2º:   Comuníquese  Regístrese,  y Cumplida, Archívese

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.-

ORDENANZA Nº 5694 /2009