CORRESPONDE A EXPTE Nº 71.911/2008.
VISTO:
La solicitud presentada por los vecinos del lugar, para la obra ampliación red cloacal en la calle Diagonal Italia, entre Neuquén y Ripani y sobre la calle Ripani entre Diagonal Italia y prolongación de calle Alberti, de Pigue, y
CONSIDERANDO:
Que, en el registro de oposición abierto en mesa de entrada de la Municipalidad, no se presento ningún vecino en oposición.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Articulo 1º: Declárese de utilidad pública y de pago obligatorio por los vecinos frentistas la obra ampliación red cloacal en los inmuebles baldíos o edificados ubicados sobre la calle Diagonal Italia, entre Neuquén y Ripani y sobre la calle Ripani entre Diagonal Italia y prolongación de calle Alberti, ambas sobre la Manzana 79ª, de Pigüé.
Articulo 2º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIECISEIS DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE.-
ORDENANZA Nº 5703/2009