Escrituracion vivienda Plan Pro Casa IV en Pigue.
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CORRESPONDE A EXPTE Nº 48.612/1.990

VISTO:

El Decreto 895/90 Y 438/91 en los cuales se encuentra adjudicada a favor de Ricardo Luis Sarlinga la vivienda construída por el Plan «Pro-Casa IV» designada como Circunscripción II, Sección C, Manzana 37-h, Parcela 8, Partida 14516 de la localidad Pigüé

CONSIDERANDO:

Que se hace necesario proceder a la adjudicación definitiva del inmueble de conformidad con lo establecido por las normas vigentes

Que resulta imprescindible otorgar a los adjudicatarios la seguridad jurídica que implica la titularidad de dominio sobre el bien que se le es adjudicado.-

Que según lo dispuesto por el artículo 4º inc. d) de la Ley 10.830, la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, se encuentra facultada para intervenir en la regularización dominial de situaciones de interés social como la presente.

Que el adjudicatario a cancelado el valor total de la vivienda segun constancia expedida por la Contaduría Municipal.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

 Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a transferir el dominio del inmueble designado como Circunscripción II, Sección C, Manzana 37-h, Parcela 8, Partida 14516 de la localidad Pigüé a favor de RICARDO LUIS SARLINGA, D.N.I. 13.617.778 en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 54º y 55 de la Ley Orgánica de las Municipales.

Articulo 2º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIECISEIS DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE.-

ORDENANZA Nº 5705/2009