5721

CORRESPONDE A EXPTE Nº 72.026/2008.-

VISTO:

La solicitud presentada por los vecinos del lugar, para la iluminación a vapor de sodio en la calle             Gaboto del 00 al 200,   de Pigue, y:

CONSIDERANDO:

Que, en el registro de oposición abierto en mesa de entrada de la Municipalidad, no se presento ningún vecino en oposición.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Articulo 1º:  Declárese de utilidad pública y de pago obligatorio por los vecinos frentistas la obra “Alumbrado Publico a Vapor de Sodio” en los inmuebles baldíos o edificados ubicados sobre la calle Gaboto, entre Luís Maria Campos y  Chacabuco,   de Pigüé.-

Articulo 2º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE.-

ORDENANZA Nº 5721/2009