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CORRESPONDE A EXPTE. Nº 6831/09.-

VISTO:

            Las dificultades que existen en el Distrito para mantener limpias las localidades, con la basura desparramada en calles y terrenos baldìos

CONSIDERANDO:

Que los habitantes somos los usuarios de los productos de consumo y por lo tanto responsables primarios de los residuos resultantes de ese consumo.

Que el tratamiento de la basura no es solo un problema local sino global.

Que el Departamento Ejecutivo tiene la cuota de responsabilidad de suministrar a los ciudadanos del Distrito un ambiente sano (art.28 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires).

Que el Plan de recolección domiciliaria de los residuos urbanos en el Distrito es prácticamente primario.

Que no se cuenta con la cantidad necesaria de cestos para residuos en las principales calles, salidas de colegios y otros lugares públicos.

Que no se desarrollan campañas de concientización en la población sobre el tratamiento de los residuos sólidos urbanos, sobre educación a los ciudadanos de no depositar la basura en cualquier lado.

Que se deposita basura en terrenos baldíos, arroyos y en otros lugares no apropiados .

Que no hay información permanente por los diversos medios: radiales, televisos y escritos, sobre los horarios  para sacar  la basura a la vía pública, ni sobre horarios de recoleccíon.

Que el desarrollo en nuestro País de enfermedades como el dengue , en época invernal en que el mosquito muere, es cuando se debe realizar la limpieza de patios, baldíos y aprendiendo a clasificar  la basura. No se resuelve nada fumigando, sino limpiando, que es la manera de destruir huevos y larvas.

Que se debe  clasificar  reciclar la basura en todas las localidades del Distrito, según el proyecto de la creación de la Planta de Clasificación y  Reciclado “PAGO LIMPIO”, y no solo en Pigué.

Que el sistema de preclasificación domiciliaria de residuos urbanos esel puntapié iniicial para la creación de otras Plantas de Clasificación y Reciclados en el Distrito de Saavedra.

Que la Escuela Agropecuaria de Goyena, presentó en la Banca de la Gente un proyecto de tratamiento de la basura.

Que la localidad de Saavedra tiene un serio problema con el basural a cielo abierto, encontrándose muy cerca de la gente.

Que en el año 2008 los alumnos de la Escuela EPB Nº1 Manuel Belgrano de Saavedra, presentaron en la Feria Distrital de Ciencia y Tecnología, el proyecto sobre la contaminación por residuos domiciliarios.

Que ya hubo, el año anterior, un proyecto de Comunicación de este Bloque Justicialista solicitando el traslado del mismo y un proyecto de reciclado, aún sin cumplir.

Que la localidad de Dufaur había pedido el traslado de su basural, Colonia San Martín tiene el basural muy cerca de la planta urbana, lo mismo Espartillar y Arroyo Corto con basurales a cielo abierto.

Que considerando a los Residuos Sólidos Urbanos (RSU), según definición de Greenpeace (utilizada en la realización de las ordenanzas en la ciudad autónoma de Buenos Aires y en la ciudad de Bahía Blanca)

“Son aquellos residuos generados en los domicilios y todos aquellos generados en los comercios, oficinas, servicios e industrias que por su naturaleza y composición puedan asimilarse a los producidos en domicilios particulares.

No se consideran RSU los Patogénicos que son regidos por la Ley Nº 154.

Los residuos peligrosos por la Ley Nacional Nº 24051 y por la Nº 25612.

Tampoco son considerados RSU los radioactivos y los derivados de las operaciones normales de los buques y aeronaves”.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo1º: Dispónese para el Distrito de Saavedra la clasificación domiciliaria de los residuos, separandolos de la siguiente manera: en Residuos Orgánicos, Residuos Descartables, Residuos Patógenos y Residuos Voluminosos.

Artículo 2º: Consideránse :

* Residuos domiciliarios orgánicos, todos los de origen animal y vegetal, restos de comidas, cáscaras, hojas, pequeñas ramas, pastos, papeles y cartones mojados, huesos, plumas, etc.

* Residuos domiciliarios descartables: todos los inorgánicos como latas, pilas, trapos, envases plásticos, botellas y elementos de vidrio, aerosoles, bolsas de nylon, papeles y cartones secos, etc.

Residuos domiciliarios patógenos: los elementos de curaciones, medicamentos, jeringas, agujas (con su funda), toallas femeninas, pañales, algodones, gasas, apòsitos y todo elemento que contenga algún tipo de secreción humana. Se establece claramente  que NO están incluídos los residuos patológicos de Instituciones Médicas y o Consultorios.

Residuos Voluminosos : los que no puedan ser colocados en las bolsas tradicionales de residuos: ramas, escombros, tierras, piedras, chapas, cubiertas, autopartes, limpieza de patios , hierros, colchones, muebles, grandes electrodomésticos, etc.

Artículo 3º : La preclasificación domiciliaria deberá ser estimulada por campañas escolares y una intensa publicidad gráfica, radial, televisiva, por parte del Departamento Ejecutivo.

Artículo 4º: Identificación y Contención de los residuos: los residuos orgánicos serán colocados en bolsas de color verde, los descartables en bolsas de color blanco, y los patógenos en bolsas de color rojo ó blanco atadas con hilo/cinta de color rojo.

Los residuos Voluminosos, hasta tanto se implemente un sistema de recolección  por contenedores, serán separados de acuerdo a su origen, y colocados sobre la vereda particular. Cuando por su volumen sea necesario ocupar parte de la calle deberá pedirse autorización a Inspección Municipal.

Artículo 5º: Cronograma de Recolección:

Los residuos domiciliarios orgánicos, descartables y patógenos serán recolectados de domingo a viernes, a partir de las 21 hs en la temporada estival, y a partir de las 20 hs en la temporada invernal.

Los residuos Voluminosos serán recolectados una vez por semana en cada sector de la ciudad, de acuerdo a un cronograma elaborado por el Departamento Ejecutivo.

Artículo 6º: Tratamiento y Disposición final de los Residuos:

Todos los residuos domiciliarios de la ciudad de Pigué serán tratados en la Planta de Clasificación y Reciclado “PAGO LIMPIO” conforme al  proyecto original de la misma, y a la reglamentación que elabore el Departamento Ejecutivo.

Para el resto de las localidades del Distrito, se dispone obligatoriamente el traslado a la planta “PAGO LIMPIO” de los residuos  patogénicos domiciliarios, y se solicita al Departamento Ejecutivo la implementación de un plan que permita la creación de pecqueñas plantas de clasificación y reciclado en cada localidad, o bien, cuando la escala de residuos sea pequeña, el traslado de los mismos a la planta de clasificación y reciclado más cercana.

Artículo 7º : Dispónese en todo el ámbito del Distrito de Saavedra la colocación de cestos para la basura en lugares céntricos, plazas, parques, calles principales y lugares estratégicos de circulación de público, elaborando un cronograma de recolección y limpieza semanal de estos cestos.

Artículo 8º: Determínase la colocación de carteles en los lugares dónde tradicionalmente y/o por mala costumbre se arrojan resiudos, con la leyenda “NO ARROJAR RESIDUOS” , realizando una fuerte campaña comunitaria de concientización en tal sentido.

Artículo 9º:   Comuníquese  Regístrese,  y Cumplida, Archívese

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE.-

ORDENANZA Nº 5738/2009