Escrituracion vivienda en Goyena
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CORRESPONDE A EXPTE. Nº 48.067/1990.-

VISTO:

                 El decreto Nº 868/2003 por el cual se encuentra adjudicada definitivamente al Sr. Miguel Ángel Ullman  D.N.I. 13.087.902, el inmueble designado catastralmente como Circunscripción VII – Sección C – Manzana 19 – Parcela 7c – Partida Nº 15.247, de la localidad de Goyena, y:

CONSIDERANDO:

Los Artículos 54º y 55º, de la Ley Orgánica de las Municipalidades, se solicita la escrituración del inmueble citado, por ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Articulo 1º:   Autorizase la transmisión de dominio del inmueble identificado como Circunscripción VII – Sección C – Manzana 19 – Parcela 7c – Partida Nº 15.247, de la localidad de Goyena, a favor de Ullman Miguel Ángel, D.N. I. Nº 13.087.902.-

Artículo 2º:   La escritura traslativa de dominio del inmueble descripto en el Artículo 1º de la presente ordenanza, se hará ante la Escribanía General de Gobierno.

Artículo 3º:   Comuníquese  Regístrese,  y Cumplida, Archívese

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-

ORDENANZA Nº 5752/2010