5775

CORRESPONDE A EXPTE. Nº 74.222/10

VISTO:

La proximidad de la celebración de la Emancipación Argentina y el Bicentenario de la Patria.

Que, como parte de las diversas actividades programadas desde la Comisión Distrital del Bicentenario, creada por ordenanza Nº 5737/2009, se encuentra la construcción de una replica de la Pirámide de Mayo,y:

CONSIDERANDO:

Que la Comisión de Preservación del Patrimonio Urbano y Arquitectónico de este Distrito, sugiere emplazar este monumento en el parque de la Salud, ubicado sobre la calle Casella y Rastreador Fournier, sobre el ingreso a a la ciudad de Pigüé.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo 1º:    Autorizase al Departamento Ejecutivo a construir un monumento en el “Parque Centenario”, ubicado en la intersección de las calles Avenida Rastreador Fournier y José P. Casella ingreso a la ciudad de Pigüé. Dicha alegoría será una replica de la Pirámide Primogenia de Mayo, en conmemoración del Bicentenario de la Patria.-

Artículo 2º:   Autorizase al Departamento Ejecutivo a utilizar recursos existentes en la cuenta de resultados acumulados, para la construcción del monumento citado en el Articulo 1º y a realizar las creaciones y modificaciones que resulten necesarios en el Calculo de Recursos y Presupuesto de Gastos vigente.-

Artículo 3º:   Comuníquese  Regístrese,  y Cumplida, Archívese

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-

ORDENANZA Nº 5775/2010