CORRESPONDE A EXPTE. Nº 6.971/10
VISTO:
La solicitud de extracción de plantas realizada por el Instituto La Salle, sobre calles Av. Cabanettes y Rivadavia.
CONSIDERANDO:
Que las especies actuales no son las más adecuadas por el daño que generan en las veredas y desagües.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Artículo 1º: Autorízase al Instituto La Salle a proceder al recambio del arbolado existente sobre AV. Cabanettes y Rivadavia hasta la puerta de ingreso auxiliar al patio.
Artículo 2º: Los nuevos árboles a colocar deberán pertenecer a alguna de las siguientes especies: Ciruelo de jardín ( Prunu Pisardi ), crespón ( lagerstroemia ), Ligustro Lucidum ( verde o aureo ), o fresno dorado.(Fraxinus excelsior áurea)
Artículo 3º: Previo a la implantación deberá romperse la plancha de piedra en cada uno de los recintos para plantas, a fin de asegurar el correcto arraigamiento y evitar la generación de raíces superficiales.
Artículo 4º: La distancia entre plantas será de 6 metros, con excepción del sector frente a la puerta de ingreso sobre Av. Cabanettes, donde podrá dejarse hasta 12 metros.
Artículo 5º: Comuníquese Regístrese, y Cumplida, Archívese
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
ORDENANZA Nº 5778/2010