CORRESPONDE A EXPTE. Nº 74.913/10.-
VISTO:
El Convenio del Programa Provincial de Desendeudamiento de los Municipios, firmado entre el Señor Intendente Municipal y el los Ministerios de Economía y Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, y:
CONSIDERANDO:
Que, dicho Convenio tiene por objeto el desendeudamiento de todos los municipios de la Provincia, los cuales deben adherir al presente Programa Provincial
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Artículo 1º: Convalidase el “CONVENIO PROGRAMA PROVINCIAL DE DESENDEUDAMIENTO DE LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES” Provincia de Buenos Aires – Municipio de Saavedra, suscripto entre el Ministerio de Economía; el Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad del Partido de Saavedra-Pigüé, en el marco de lo establecido en el articulo 2º del decreto Nº 1316/10, que obra agregado a fojas 1 y 2 del presente expediente y sus anexos I y II agregados a fojas 3.-
Artículo 2º: Comuníquese Regístrese, y Cumplida, Archívese
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
ORDENANZA Nº 5824 /2010