CORRESPONDE A EXPTE. Nº 5448/2002.-
VISTO:
La Resolución Nº 3595/2009 de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, y:
CONSIDERANDO:
La ordenanza Nº 4849/02, por la cual el Municipio donaba un inmueble de su propiedad para la construcción de un local para la cocina centralizada de la Ciudad de Pigüé.
Que, por la presente Resolución fue rechazada la donación dispuesta por El Municipio.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Artículo 1º: Derógase la Ordenanza Nº 4849/02 y su Decreto de Promulgación Nº 711/2002, por haberse rechazado, por Resolución Nº 3595/09 de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, la donación ofrecida por este Municipio de un inmueble ubicado en la localidad de Pigüé (Partida Nº 11480), con destino a la construcción de un local para la Junta Administradora de la Cocina Centralizada.-
Artículo 2º: Comuníquese Regístrese, y Cumplida, Archívese
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
ORDENANZA Nº 5828 /2010