5870

CORRESPONDE A EXPTE Nº 75.148/10

VISTO:

Que, el SPAR cuenta con el proyecto para la ejecución de los Desagües Cloacales en la localidad de Saavedra, y:

CONSIDERANDO:

Que, para dicha obra es necesario que la Municipalidad de Saavedra (Pigüé) aporte el terreno para la ubicación de la futura Planta Depuradora, los cuales deben tener medidas y ubicación acordes a lo requerido por el SPAR y el EHOSA.-

Y atento a lo previsto en el Articulo 156º, Inciso 10 de la Ley Orgánica Municipal

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo 1º:   Autorizase al Departamento Ejecutivo a adquirir una fracción de terreno de cuatro (4) hectáreas, ochenta y dos (82) áreas y sesenta y cinco (65) centiáreas, de acuerdo al anteproyecto de subdivisión que obra agregado a fojas 8 del presente expediente, ubicadas en el Partido de Saavedra, siendo la denominación catastral de origen: Circunscripción XII – Parcela 1211 – Partida 8915, en la suma de PESOS TREINTA Y UN MIL OCHOCIENTOS ($31.800,00) la hectárea, con destino a la construcción de una Planta Depuradora de Líquidos Cloacales en la localidad de Saavedra, para la ejecución de la citada obra.-

Articulo 2º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-

ORDENANZA Nº 5870/2010