CORRESPONDE A EXPTE Nº 75.157/10
VISTO:
El Acta Complementaria firmada entre el Servicio Provincial de Agua Potable y Saneamiento Rural, representado por su Presidente, Don Juan Maria Viñales y el Municipio de Saavedra (Pigüé), representada por su Intendente Municipal, Don Rubén Carlos Grenada, con referencia a la obra Desagües Cloacales en la localidad de Espartillar, y:
CONSIDERANDO:
Que, es este Cuerpo quien debe convalidar la mencionado Acta Complementaria.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Artículo 1º: Convalidase el Acta Complementaria firmada entre el Servicio Provincial de Agua Potable y Saneamiento Rural (S.P.A.R.) y la Municipalidad de Saavedra (Pigüé), en la cual el S.P.A.R. asistirá técnicamente al Municipio con relación a la obra Desagües Cloacales en la localidad de Espartillar,
Articulo 2º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
ORDENANZA Nº 5872/2010