5885

CORRESPONDE AL EXPTE. Nº 75.025/10.-

 VISTO:

La nota presentada por el Secretario de Obras y Servicios Públicos, para la construcción de cordón cuneta en las calles Montevideo, José Hernández y Leandro N. Alem y:

CONSIDERANDO:

Que, en el registro de oposición abierto en mesa de entrada de la Municipalidad, no se presento ningún vecino en oposición a dicha obra.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo 1º: Declárese de utilidad pública y de pago obligatorio por los vecinos frentistas, la obra  “Construcción Cordón Cuneta” en los inmuebles baldíos o edificados ubicados sobre las calles:

– MONTEVIDEO, entre Diagonal Italia y Urquiza-

– JOSE HERNANDEZ,  entre Juana de Arco y Montevideo.-

– LEANDRO N. ALEM, entre Namuncura y Montevideo

de la ciudad de Pigüé.-

Artículo  2º:   Comuníquese  Regístrese,  y Cumplida, Archívese

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL ONCE.-

ORDENANZA Nº 5885 /2011.-