5889

CORRESPONDE AL EXPTE. Nº 59.361/98.-

 VISTO:

La nota presentada por el Asesor Legal del Municipio, sobre la aceptación de una donación ofrecida por un contribuyente del distrito, y:

CONSIDERANDO:

Que, el mismo se encuentra fallecido y no hallándose sus herederos directos.

Que, la propiedad ofrecida en donación aun continua con una situación irregular en cuanto a sus contribuciones para con este municipio.

Que, el municipio debe regularizar las situaciones legales con sus contribuyentes.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo 1º: Derogase la Ordenanza Nº 4328/99, de fecha 17 de Marzo de 1999, (Donación ofrecida por la Señora Vicenta Domina de Anguis – Partida Nº 2459 de la localidad de Saavedra)

Artículo  2º:   Comuníquese  Regístrese,  y Cumplida, Archívese

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL ONCE.-

ORDENANZA Nº 5889 /2011.-