CORRESPONDE AL EXPTE. Nº 75.023/10.-
VISTO:
La nota presentada por el Secretario de Obras y Servicios Públicos, para la construcción de cordón cuneta en las calles Sarmiento, Juana de Arco y Ayacucho y:
CONSIDERANDO:
Que, en el registro de oposición abierto en mesa de entrada de la Municipalidad, no se presento ningún vecino en oposición a dicha obra.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Artículo 1º: Declárese de utilidad pública y de pago obligatorio por los vecinos frentistas, la obra “Construcción Cordón Cuneta” en los inmuebles baldíos o edificados ubicados sobre las calles:
– SARMIENTO, entre Montecarlo y Juana de Arco, sobre Mz. 81.-
– JUANA DE ARCO, entre Sarmiento y Alberti.-
– AYACUCHO, entre Juana de Arco y Montevideo
de la ciudad de Pigüé.-
Artículo 2º: Comuníquese Regístrese, y Cumplida, Archívese
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL ONCE.-
ORDENANZA Nº 5908 /2011.-