5908

CORRESPONDE AL EXPTE. Nº 75.023/10.-

 VISTO:

La nota presentada por el Secretario de Obras y Servicios Públicos, para la construcción de cordón cuneta en las calles Sarmiento, Juana de Arco y Ayacucho y:

CONSIDERANDO:

Que, en el registro de oposición abierto en mesa de entrada de la Municipalidad, no se presento ningún vecino en oposición a dicha obra.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo 1º: Declárese de utilidad pública y de pago obligatorio por los vecinos frentistas, la obra  “Construcción Cordón Cuneta” en los inmuebles baldíos o edificados ubicados sobre las calles:

– SARMIENTO, entre Montecarlo y Juana de Arco, sobre Mz. 81.-

– JUANA DE ARCO,  entre Sarmiento y Alberti.-

– AYACUCHO, entre Juana de Arco y Montevideo

de la ciudad de Pigüé.-

Artículo  2º:   Comuníquese  Regístrese,  y Cumplida, Archívese

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL ONCE.-

ORDENANZA Nº 5908 /2011.-