CORRESPONDE A EXPTE. Nº 4097-2207-2005.-
VISTO:
La nota presentada por la Señora Alicia Mabel Olazar, mediante la cual peticiona la cancelación de la hipoteca, y:
CONSIDERANDO:
Que, el informe del Asesor Letrado del Municipio, sobre la liquidación de la sociedad conyugal, donde se adjudica en pleno la propiedad y dominio a favor de la solicitante.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Articulo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a proceder a la cancelación del derecho real de hipoteca trabado sobre el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción II, Sección C, Quinta 33, Manzana 33-b, Parcela 16, Partida Nº 14019.-
Artículo 2º: A los efectos de proceder a la escrituración de cancelación del derecho real de hipoteca del inmueble Partida Nº 14019, dése intervención al Escribano Gustavo Aníbal Bras.-
Artículo 3º: Comuníquese Regístrese, y Cumplida, Archívese
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL ONCE.-
ORDENANZA Nº 5913/2011