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CORRESPONDE A EXPTE. Nº 71.534/08.-
VISTO:
La nota presentada por el Señores FUHR HNOS. S.H., solicitando la compra de un lote, propiedad del municipio, en el Sector Industrial Planificado de la localidad de Espartillar, y:
CONSIDERANDO:
Que, los informes del área de Producción y Asesoria Legal del Municipio no tienen objeciones para dicha operación.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a proceder a la venta a los Señores EDUARDO ADAN FUHR Y RICARDO FABIAN FUHR, D.N.I, Nº 14.532.636 y D.N.I. Nº 16.848.023 respectivamente, de un lote en el Sector Industrial Planificado de Espartillar, cuya nomenclatura catastral es la siguiente: Circunscripción III – Sección C – Quinta 50 – Parcela 3 – Partida 876/03, con destino a Deposito de Maquinarias Agrícolas.-.-
Artículo 2º: Comuníquese Regístrese, y Cumplida, Archívese
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS OCHO DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL ONCE.-
ORDENANZA Nº 5925/2011