5925

CORRESPONDE A EXPTE. Nº 71.534/08.-

VISTO:

La nota presentada por el Señores FUHR HNOS. S.H., solicitando  la compra de un lote, propiedad del municipio, en el Sector Industrial Planificado de la localidad de Espartillar, y:

CONSIDERANDO:

Que, los informes del área de Producción y Asesoria Legal del Municipio no tienen objeciones para dicha operación.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a proceder a la venta a  los Señores EDUARDO ADAN FUHR Y RICARDO FABIAN FUHR, D.N.I, Nº 14.532.636 y D.N.I. Nº 16.848.023 respectivamente,  de un lote en el Sector Industrial Planificado de Espartillar, cuya nomenclatura catastral es la siguiente: Circunscripción III – Sección C – Quinta 50 – Parcela 3 – Partida 876/03, con destino a Deposito de Maquinarias Agrícolas.-.-

Artículo 2º:   Comuníquese  Regístrese,  y Cumplida, Archívese

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS OCHO DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL ONCE.-

ORDENANZA Nº 5925/2011