5935

CORRESPONDE AL EXPTE. Nº 7136/11.-

VISTO:

              La calle sin denominación en el barrio Juan Murguía y

CONSIDERANDO:

Que esta inquietud surge de la comisión de Fomento del Barrio quien propuso además el nombre.

Que las consideraciones respecto de la persona de JUAN PABLO II están demás mencionarlas.

Que a medida que crece el barrio se hace más necesario contar con el nombre de todas las calles.

Que la presencia de la capilla sobre dicha arteria motiva aún más la colocación de este nombre.

Que consultada la oficina de catastro, esta informa que la misma no tiene denominación.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo1º: Designase con el nombre de JUAN PABLO II a la arteria que nace en calle Australia hasta calle Paraguay, entre: México y Honduras y que divide las fracciones II y III de la chacra 114 de la sección F Circunscripción II (se adjunta plano catastral en el expediente).

Artículo  2º:   Comuníquese  Regístrese,  y Cumplida, Archívese

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL ONCE.-

ORDENANZA Nº 5935 /2011.-