5959

CORRESPONDE A EXPTE. Nº 75.896/11.-

VISTO:

La nota presentada por el Señor Adrián Feuilles y la Señorita Gisel Feuilles, solicitando  la compra de un lote, propiedad del municipio, en el Sector Industrial Planificado de Pigüé,  y:

CONSIDERANDO:

Que, el informe del área de Producción del Municipio no tiene objeciones para dicha operación.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a proceder a la venta a  ADRIAN FEUILLES, D.N.I. 36.521.550 y GISEL FEUILLES, D.N.I. 34.779.224, ambos   con domicilio en calle Ciudad de Rodez Nº 45 de Pigüé,  de un lote en el Sector Industrial Planificado de Pigüé, cuya nomenclatura catastral es la siguiente: Circunscripción II – Sección F – Fracción III – Parcela 14-a – Partida 12703, con destino a Fabrica y Reparación de Maquinarias Agrícolas.-

Artículo 2º:   Comuníquese  Regístrese,  y Cumplida, Archívese

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL ONCE.-

ORDENANZA Nº 5959/2011