5961

CORRESPONDE A EXPTE. Nº 76.152/11.-

VISTO:

La nota presentada por la Asociaron Civil Pigüé Nutre, solicitando en comodato dos terrenos de propiedad del municipio para el funcionamiento de una Planta Elaboradora de Sustancias Alimenticias y:

CONSIDERANDO:

Que,  en el presente expediente se encuentra el original, del Contrato firmado entre el Municipio y la Institución solicitante y es facultad de este Cuerpo convalidar el mismo.-

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo 1º: Convalidase el Contrato de Comodato entre la Municipalidad de Saavedra – Pigüé y la  ASOCIACION CIVIL PIGUE NUTRE, en la cual el Municipio cede la parte indivisa de dos (2) lotes de terreno ubicados en Pigüé, designados catastralmente como: Circunscripción II – Sección F – Chacra 114 – Fracción II –  Parcelas: 1 y 2 – Partidas Nº 126/03 y 126/04, con todo lo plantado edificado y adherido al suelo, destinados a la puesta en funcionamiento de una Planta Elaboradora  de Sustancias Alimenticias.-

Artículo 2º:   Comuníquese  Regístrese,  y Cumplida, Archívese

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL ONCE.-

ORDENANZA Nº 5961/2011