CORRESPONDE AL EXPTE. Nº 76.314/11.-
VISTO:
La nota presentada por los vecinos de las calles Balcarce y Montevideo, de la ciudad de Pigüé, solicitando la construcción de cordón cuneta en el lugar, y:
CONSIDERANDO:
Que, en el registro de oposición abierto en Mesa de Entrada Municipal, no se presento ningún vecino en oposición a dicha obra.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Artículo 1º: Declárese de utilidad pública y de pago obligatorio por los vecinos frentistas, la obra “CORDON CUNETA EN PIGUE” en los inmuebles baldíos o edificados ubicados sobre las calles:
- BALCARCE, entre Montevideo y Namuncura.
- MONTEVIDEO, entre Alberti y Balcarce
Artículo 2º: Comuníquese Regístrese, y Cumplida, Archívese
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE.-
ORDENANZA Nº 5998 /2011.-