CORRESPONDE AL EXPTE. Nº 76.637/11.-
VISTO:
La nota presentada por la Administradora del Hospital Municipal de Saavedra, en la cual informa las guardias medicas del Doctor Sánchez Negrete efectuadas en los meses de Noviembre y diciembre de 2010 y al no haber sido reservado el gasto en tiempo y forma en el ejercicio correspondiente y que el mismo se efectivizo en el transcurso del año 2011, y:
CONSIDERANDO:
Que, el mencionado es causal de un desbalance en la contabilidad Municipal.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Artículo 1º: Apruébese el pago realizado al DR. RICARDO DANIEL SANCHEZ NEGRETE, D.N.I. Nº 13.964.909, por la suma de Pesos Cinco Mil Novecientos Cuatro ($ 5.904,00) con cargo al Ejercicio 2010, por guardias realizadas en los meses de Noviembre y Diciembre de 2010, dando cumplimiento así al Articulo 140º y 141º del reglamento de Contabilidad y Articulo 54º del Decreto Nº 2980/2000 de la Reforma de la Administración de los Recursos Financieros y Reales en el Ámbito Municipal de la Provincia de Buenos Aires.-
Artículo 2º: Comuníquese Regístrese, y Cumplida, Archívese
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE.-
ORDENANZA Nº 5999 /2011.-