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CORRESPONDE A EXPTE Nº 75.019/10

VISTO:

La nota presentada por la Comisión de la Asociación Ayudarnos de la ciudad de Pigüé, solicitando un terreno lindero a sus instalaciones, propiedad de la Municipalidad de Saavedra-Pigüé, y:

CONSIDERANDO:

Que, este Cuerpo sanciono la Ordenanza 5861/10, con fecha 15 de diciembre del mismo año, cediendo el terreno solicitado por la Asociación.

Que, habiéndose detectado un error en la nomenclatura catastral del mencionado lote, es necesario corregir con otra ordenanza que determine los datos reales del inmueble a ceder.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo 1º:   Derógase la Ordenanza Nº 5861/2010, de fecha 15 de Diciembre de 2010.

Artículo 2º:   Autorizase la donación a la ASOCIACION AYUDARNOS de la ciudad de Pigüé, de un (1) Inmueble perteneciente a la Municipalidad de Saavedra – Pigüé, cuya nomenclatura catastral es la siguiente: Circunscripción II – Sección C – Manzana 32-a – Parcela 2 – Partida Nº 7042, de la localidad de Pigüé.-

Articulo 3º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a gestionar la correspondiente escritura traslativa de dominio ante la Escribanía General de Gobierno

Articulo 4º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIECISEIS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE.-

ORDENANZA Nº 6000/2011