Campaña antitabaquica en el Distrito.
image_print

CORRESPONDE AL EXPTE. Nº 7163/11.-

VISTO:

              Que el 1 de Junio de 2011 se promulgó la Ley Nacional 26.687 de “Regulación de la publicidad, promoción y consumo de los productos elaborados con tabaco”  y la Ley  13.894 de la Provincia de Buenos Aires sobre los ambientes libres de humo.

Y ordenanza 5548/08 y modificatorias del H. Concejo Deliberante del Partido de Saavedra

CONSIDERANDO:

                                Que sus acciones básicas están destinadas a desalentar el hábito de fumar, con el objeto de disminuir en la población la morbimortalidad causada por el consumo activo y pasivo del tabaco, en cualquiera de sus formas, siendo sus normas de orden público.

Que los objetivos de las mencionadas están dirigidos a lograr que no fumar, sea una norma en nuestra comunidad.

Que tienden a crear medidas para prevenir que los jóvenes contraigan el hábito de fumar, dirigiendo un esfuerzo especial en instrumentar campañas de prevención en establecimientos educativos de todos los niveles y modalidades. También campañas educativas a través de los medios de comunicación social ONGS  y demás instituciones vinculadas a la lucha antitabáquica.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo1º: Desarróllese a través del área del Municipio que corresponda, estrategias en concordancia con la leyes vigentes, que permitan a los jóvenes oponerse con libertad a las influencias macro ambientales que inducen a fumar y conozcan los riesgos que representa el consumo de tabaco tanto para los fumadores activos como pasivos, difundiendo por los medios que estime conveniente, los alcances de la norma.

Artículo 2º: Envíese copia de la leyes mencionadas y de la Ordenanza Municipal a todos los establecimientos educativos de nuestro distrito, invitándoles a promocionar, como actividad extracurricular, los objetivos y alcances de estas normas, a los efectos de instalar el tema en los alumnos y su núcleo familiar.

Artículo  3º:   Comuníquese  Regístrese,  y Cumplida, Archívese

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE.-

ORDENANZA Nº 6004 /2011.-