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CORRESPONDE A EXPTE Nº 77450/2012.-

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo 1º: Desaféctese del Área Rural el predio designado catastralmente como Circ. II, Sec. E, Ch. 90, Fr. I, Parcela 1e, Partida 16548.-

Artículo 2º: Desaféctese del Área Uso Específico 6 de Pigüé (UE6.p) del predio designado catastralmente como Circ. II, Sec. E, Ch. 90, Fr. I, Parcela 1b, Partida 14868, según el Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial del Partido de Saavedra (Ordenanza Nº 5570/08 – Dec. Conv. Nac. Nº 1177/09).-

Artículo 3º: Desaféctese del Área Banda de Circulación 1 de Pigüé (BC1.p) de los predio designados catastralmente como Circ. II, Sec. E, Ch. 90, Fr. I, Parcela 1c, 2 y 3,  Partidas: 14869, 13688 y 13689, según el Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial del Partido de Saavedra (Ordenanza Nº 5570/08 – Dec. Conv. Nac. Nº 1177/09).-

Artículo 4º: Aféctese los sectores mencionados en los tres artículos anteriores (artículo 1, artículo 2 y artículo 3) como ZONA INDUSTRIAL de la ciudad de Pigüé.-

Artículo 5º: Los predios incorporados por el artículo 4 pasaran a integrar la Zona denominada ZONA INDUSTRIAL. Pigüé (ZI.p) según el plano de Zonificación, adoptando los usos, indicadores urbanísticos, morfológicos y de parcelamiento correspondientes a la misma, según lo establecido en el “Capítulo IX: Zonificación, Carácter y Normas Especificas de Áreas y Zonas: Hojas de Zona” del Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial del Partido de Saavedra.-

Artículo 6º: En dicha área se admitirán industrias Clase I, II y III, según la Ley Nº 11.459/93 Decreto reglamentario Nº 1.741/96. Los establecimientos que produzcan efluentes líquidos, sólidos o gaseosos deberán realizar un pre-tratamiento de los mismos dentro de las parcelas dejándolos dentro de los parámetros de calidad que prevé la legislación vigente en la materia para permitir su recolección, transporte y tratamiento final por parte del prestador del servicio (cloacas o recolección y disposición de residuos sólidos). El movimiento de carga y descarga se realizará dentro de los límites de las parcelas.-

Artículo 7º: Forman parte de la presente Ordenanza los siguientes anexos:

  • Anexo I: el Plano de Zonificación de Pigüé y Plano Detalle de Zona a modificar.
  • Anexo II: Hoja de Zona de la zona denominada Zona Industrial.
  • Anexo III: Copia del plano de Mensura y División de las parcelas afectadas Plano Nº 92-28-2011 y su antecedente Plano Nº: 92-10-98.

Artículo 8º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DOCE.-

ORDENANZA Nº 6035/2012