Modificación a la Ordenanza Nº 2371/89
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CORRESPONDE A EXPTE Nº 7281/2012.-

VISTO:

El proyecto de Ordenanza de creación del Programa local de Mejoramiento Habitacional, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ordenanza 2371/89 no contempla la posible utilización de fondos para el mejoramiento habitacional en casos de emergencia.

Que dicha Ordenanza establece las pautas de acreditación y destino del fondo Municipal de la Vivienda.

Que actualmente la atención a familias en situación crítica habitacional se realiza con fondos para ayuda a personas, acotando la posibilidad de asistir a éstas.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo 1º: Modifíquese el artículo 8º de la Ordenanza 2371/89, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

Articulo 8º: “Debitase de estas cuentas los saldos sin afectación que pudieran utilizarse para la ejecución de los planes de vivienda, programa local de Mejoramiento Habitacional u obras de infraestructura.”.-

Artículo 2º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS 15 DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DOCE.-

ORDENANZA Nº 6071/2012