CORRESPONDE A EXPTE Nº 59669/1999.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Artículo 1º: Autorízase la adquisición de siete (7) terrenos ubicados en la localidad de Pigüé, cuyas nomenclaturas catastrales son: Circunscripción II, Sección D, Manzana 77, Parcelas 4-a y 4-b, Partidas Nº: 6983 y 9599; Circunscripción II, Sección D, Manzana 78, Parcelas 4-e y 4-f, Partidas 9613 y 9614; Circunscripción II, Sección D, Manzana 83, Parcelas 2-b, 3-b y 4-e, Partidas Nº 9620, 9621 y 9627.-
Artículo 2º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DOCE.-
ORDENANZA Nº 6075/2012