CORRESPONDE A EXPTE Nº 69632/2006.-
VISTO:
La nota presentada por el señor Ricardo O. Bidonde donde renuncia a la compra del terreno ubicado en el SIP, la Ordenanza Nº 5356/06.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Artículo 1: Déjese sin efecto la Ordenanza Nº 5356/06 y su Decreto de Promulgación Nº 1676/06 (Venta terreno SIP Pigüé, Partida Nº 12709/1, al señor Ricardo O. Bidonde).-
Artículo 2: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.-
ORDENANZA Nº 6087/2012