CORRESPONDE A EXPTE Nº 7280/2012.-
VISTO:
La Ordenanza 6070/12 y la nota cursada al Secretario de Gobierno con el Contador Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que dicha nota está debidamente fundada.
Que para la aplicación, es necesaria la modificación sugerida.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Artículo 1º: Modifíquese la Ordenanza 6070/12 en su Artículo 4º, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Los fondos para implementar este Programa surgirán de la partida del Fondo Municipal de la Vivienda, a tal efecto modifíquese la Ordenanza 2371/89”.-
Artículo 2º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.-
ORDENANZA Nº 6091/2012