6230

CORRESPONDE A EXPTE Nº 80.682/2014.-

VISTO:

La nota presentada por la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Saavedra, y:

CONSIDERANDO:

Que, la mencionada institución es una entidad de bien público del Distrito.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Articulo 1º: Exímase, por el Año 2014, el Impuesto Automotor de los Dominios SEW-361 y DHU-857, unidades pertenecientes a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Saavedra, los cuales son utilizados para el transporte de Personal en incendios y rescate de personas.-

Artículo 2º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL CATORCE.-

ORDENANZA Nº 6230/2014