Utilidad Publica y pago obligatorio alumbrado publico en Pigue
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CORRESPONDE A EXPTE Nº 80.317/2013.-

VISTO:

La nota presentada por el Secretario de Obras y Servicios Públicos, solicitando la obra de alumbrado público en calle Brown de Pigüé; y:

CONSIDERANDO:

Que, no se ha presentado ningún vecino en el Registro de oposición abierto oportunamente.-

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo 1º: Declarase de utilidad pública y de pago obligatorio por los vecinos frentistas la Obra “Alumbrado a Vapor de Sodio Pigüé”  en los inmuebles baldíos o edificados, ubicados sobre la calle Brown, cuya nomenclatura catastral es: Circunscripción II, Sección D, Parcelas 1 a 13.-

Artículo 2º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE.-

ORDENANZA Nº 6259/2014

 

EDUARDO D. METZLER GUSTAVO J. NOTARARIGO
SECRETARIO ADMINISTRATIVO PRESIDENTE
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ
 

 

 

 

 

 

 

CR. RAFAEL S. KREDER ALEJANDRA GONZALEZ
SECRETARIO LEGISLATIVO SECRETARIA LEGISLATIVA
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ
LUIS  O. GRIBALDO
SECRETARIO LEGISLATIVO
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ