6263

CORRESPONDE A EXPTE Nº 81.321/2014.-

VISTO:

La Ordenanza Municipal Nº 5993/2011; y:

CONSIDERANDO:

Que el Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, Daniel Scioli a través del Decreto Nº 220/2014determinó la emergencia de seguridad por el lapso de doce (12) meses.-

Que se ha incrementado los reclamos de la comunidad con respecto a los actos de violencia.

Que desde el Foro de Seguridad y demás organismos de seguridad se viene reclamando la implementación de las cámaras de seguridad.

Que es obligación del estado municipal otorgar herramientas necesarias a los organismos de seguridad para un accionar mas eficiente.

Que dicho sistema mejora el control y permite un seguimiento de la actividad en las calles de la ciudad.

Que existe un estudio de prefactibilidad realizado donde estipula la ubicación del centro de control como también la ubicación de las cámaras.

Que la Municipalidad no posee presupuesto para la planificación e implementación del sistema de seguridad por cámaras.-

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Articulo 1º:   Autorizar la desafectación de los fondos afectados por la ordenanza Nº 5993/2011.

Articulo 2°: Con los fondos surgidos del Articulo 1º, crease un fondo para la planificación e instrumentación de las cámaras de seguridad para todo el Distrito de Saavedra.

Artículo 3º: Notifíquese de lo dispuesto en la presente al Área Contable Municipal a fin de adecuar las registraciones a lo dispuesto en la presente.-

Artículo 4º: Estipulase un plazo de 90 días para la implementación del sistema de cámaras en el distrito de Saavedra. En caso de no cumplimentarse en dicho plazo deberá afectarse nuevamente el importe establecido en el artículo 1º.-

Artículo 5º: Sugiérase al Departamento Ejecutivo que en plazo de 180 días gestione los fondos de $ 350.000.- para la colocación de cámaras de acuerdo a convenimos ya firmados en la Provincia de Buenos Aires y sugiérase al ejecutivo gestionar la diferencia de $ 1.650.000.- en Provincia o Nación para que otorgue fondos a través de subsidios, o cualquier otro tipo de transferencia. Para afectarse nuevamente los fondos desafectados en el articulo 1º.-

Artículo 6º:    Sugiérase al Departamento Ejecutivo, implemente una comisión ad-hoc con la presencia de un Concejal de cada bloque político que componen el HCD, dos integrantes del foro de seguridad y representantes de las fuerzas vivas y judiciales del Distrito.-

Artículo 7º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE.-

ORDENANZA Nº 6263/2014

 

EDUARDO D. METZLER GUSTAVO J. NOTARARIGO
SECRETARIO ADMINISTRATIVO PRESIDENTE
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ
 

 

 

 

 

 

 

CR. RAFAEL S. KREDER ALEJANDRA GONZALEZ
SECRETARIO LEGISLATIVO SECRETARIA LEGISLATIVA
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ
LUIS  O. GRIBALDO
SECRETARIO LEGISLATIVO
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ