6296

CORRESPONDE A EXPTE Nº 7715/2014.-

VISTO: 

La LEY DE TRÁNSITO Nº 24.449 y su ARTÍCULO 49. ESTACIONAMIENTO. En zona urbana deben observarse las reglas siguientes: a) El estacionamiento se efectuará paralelamente al cordón dejando entre vehículos un espacio no inferior a 50 cm, pudiendo la autoridad local establecer por reglamentación otras formas; y:

CONSIDERANDO: 

Que en la localidad de Saavedra, sobre Avenida Cornelio Saavedra, esquina Francisco Oliver y Cornelio Saavedra,  esquina Avenida Independencia,  los vehículos estacionan en forma perpendicular al cordón.

Que este lugar de estacionamiento no está demarcado.

Que no se encuentran registros de ordenanza alguna que reglamente  el estacionamiento perpendicular en la localidad.

Que es necesario contar con una norma que lo regule.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Articulo 1º: Establézcase en la localidad de Saavedra,  sobre Avenida Cornelio Saavedra, esquina Francisco Oliver y Cornelio Saavedra,  esquina Avenida Independencia, el estacionamiento vehicular en forma perpendicular al cordón.

Articulo 2º: Efectúese la demarcación correspondiente.

Articulo 3º: Deróguese toda otra norma que se oponga a lo establecido en la presente.

Artículo 4º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, AL PRIMER DIA DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.-

ORDENANZA Nº 6296/2014

 

EDUARDO D. METZLER GUSTAVO J. NOTARARIGO
SECRETARIO ADMINISTRATIVO PRESIDENTE
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ
 

 

 

 

 

 

 

CR. RAFAEL S. KREDER ALEJANDRA GONZALEZ
SECRETARIO LEGISLATIVO SECRETARIA LEGISLATIVA
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ
LUIS  O. GRIBALDO
SECRETARIO LEGISLATIVO
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ