6354
CORRESPONDE A EXPTE Nº 4097-2251/2007.-
VISTO:
El Decreto Nº 361/2007 por el cual se encuentra adjudicada definitivamente a la señora Maria Susana Merlano, DNI Nº 20.332.577, el inmueble designado catastralmente como Circunscripción II, Sección A, Manzana 29, Parcela 16, Partida Nº 14.760, correspondiente al Programa de Viviendas “Financiamiento Compartido” de la localidad de Pigüé, y:
CONSIDERANDO:
Los Artículos 54º y 55º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, se solicita la escrituración del inmueble citado.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Articulo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo para efectuar la escrituración de cancelación de hipoteca de la unidad habitacional identificada catastralmente como Circunscripción II, Sección A, Manzana 29, Parcela 16, Partida Nº 14.760, a favor de la señora MARIA SUSANA MERLANO, DNI Nº 20.332.577
Articulo 2º: La los efectos de proceder a la escrituración del inmueble descrito en el Articulo 1º de la presente Ordenanza, dése intervención a la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a fin de realizar dicha tramitación.
Artículo 3º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL QUINCE.-
ORDENANZA Nº 6354/2015
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EDUARDO D. METZLER | GUSTAVO J. NOTARARIGO | ||||
SECRETARIO ADMINISTRATIVO | PRESIDENTE | ||||
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ | H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ | ||||
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CR. RAFAEL S. KREDER | ALEJANDRA GONZALEZ | ||||
SECRETARIO LEGISLATIVO | SECRETARIA LEGISLATIVA | ||||
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ | H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ | ||||
LUIS O. GRIBALDO | |||||
SECRETARIO LEGISLATIVO | |||||
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ |