6364

CORRESPONDE A EXPTE Nº 83.026/2015.-

VISTO:

El Convenio Marco de Cooperación, firmado entre la Subsecretaria de Salud Mental y Atención  a las Adicciones, del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires  y la Municipalidad del Partido de Saavedra-Pigüé.

CONSIDERANDO:

Que, el mismo debe ser convalidado por este Cuerpo Legislativo.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo 1º:  Autorizase a suscribir el Convenio Marco de Cooperación, entre el  Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, Subsecretaria de Salud Mental y Atención  a las Adicciones, a través del Subsecretario Dr. Carlos Luis Sanguinetti y la Municipalidad de Saavedra-Pigüé, en el cual las partes se comprometen a desarrollar acciones conjuntas a efectos de generar espacios de cooperación y articular estrategias en materia de atención, promoción y prevención de la salud mental y adicciones y el Municipio aportara un espacio físico de un inmueble sito en la calle Avda. Casey y Suipacha, designado catastralmente como Circunscripción II, Sección A, Manzana 49, Partida Nº 3089 para la instalación y funcionamiento del dispositivo terapéutico Centro Provincial de Atención a las Adicciones (C.P.A.).-

Artículo 2º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL QUINCE.-

ORDENANZA Nº 6364/2015

 

EDUARDO D. METZLER GUSTAVO J. NOTARARIGO
SECRETARIO ADMINISTRATIVO PRESIDENTE
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ
 

 

 

 

 

 

 

CR. RAFAEL S. KREDER ALEJANDRA GONZALEZ
SECRETARIO LEGISLATIVO SECRETARIA LEGISLATIVA
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ
LUIS  O. GRIBALDO
SECRETARIO LEGISLATIVO
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ