Creando la Comisaria de la Mujer en el Distrito de Saavedra
image_print

CORRESPONDE A EXPTE Nº 82.952/2015.-

VISTO:

             El proyecto de ordenanza sobre la creación de la Comisaría de la Mujer, presentado por el Departamento Ejecutivo; y:

CONSIDERANDO:

Que, el mismo debe ser aprobado por este Cuerpo Legislativo.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo 1º:  Crease la Comisaría de la Mujer y de la Familia como unidad especial que atienda y contenga a la mujer victima de violencia de genero y a las distintas variables de violencia intrafamiliar y maltrato infantil.-

Artículo 2º:  Autorizase oportunamente al Departamento Ejecutivo a suscribir los instrumentos necesarios para la implementación de la misma a realizar las erogaciones pecuniarias que resulten necesarias a los efectos de la creación y puesta en marcha.-

Artículo 3º: La Comisaría de la Mujer estará integrada por personal oficial femenino y un gabinete interdisciplinario.-

Artículo 4º: La atención que se brinde desde esta Comisaría deberá garantizar seguridad, confianza y claridad en el entendimiento y comprensión de su problema

Artículo 5º: Se debe tomar intervención en los delitos de instancia privada, de acción pública cuando resulten victimas mujeres menores e integrantes del grupo familiar.-

Artículo 6º: Se debe confeccionar estadísticas, sumarios y aplicación de causas judiciales.-

Artículo 7º: Las acciones de denuncia son habilitadas por la Ley 12569 de Violencia Familiar (con las modificaciones  introducidas por la Ley 14509) y la Ley 13298 de Promoción y Protección de los Derechos de los Niños y Adolescentes (con las modificaciones introducidas por Ley 13634 y 14537) y no solo puede ser ejecutada por la victima, además deben denunciar organismos asistenciales, educativos, de salud, de justicia, etc.-

Artículo 8º:  El servicio local de Promoción y Protección de los Derechos del Niño, dependiente de la Secretaria de Desarrollo Social de este Municipio, cuenta con profesionales que integran equipo interdisciplinario deberán complementar la atención al momento de la denuncia, brindando asesoramiento , información y orientación respecto de las Leyes 12569 y 13298 y las modificatorias de ambas normas.-

Artículo 9º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL QUINCE.-

ORDENANZA Nº 6365/2015

 

EDUARDO D. METZLER GUSTAVO J. NOTARARIGO
SECRETARIO ADMINISTRATIVO PRESIDENTE
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ
 

 

 

 

 

 

 

CR. RAFAEL S. KREDER ALEJANDRA GONZALEZ
SECRETARIO LEGISLATIVO SECRETARIA LEGISLATIVA
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ
LUIS  O. GRIBALDO
SECRETARIO LEGISLATIVO
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ