CORRESPONDE A EXPTE Nº 7900/2015.-
VISTO:
La iniciativa de un grupo de vecinos de la sección de quintas del Barrio del Cerro de la Cruz; y:
CONSIDERANDO:
Que existe una calle en el sector que no cuenta con nombre y esto obstaculiza el normal funcionamiento de quienes habitan el lugar,
Que vecinos han sugerido el nombre de Mario Eugenio Leonchuk, observando en esta persona a un gran colaborador, amante de la tierra, de los árboles y de los espacios verdes,
Que el Sr. Leonchuk nació en Pigüé el 16 de octubre de 1946, y falleció el 15 de junio del año 2007,
Que en el año 1987 junto a su Sra. Balbina María Kloster, se mudaron a esta zona, donde no solo construyeron su vivienda, sino también el espacio de trabajo del Sr. Leonchuk, y cimentaron una gran familia, teniendo seis hijas que criaron en esta quinta,
Que la actitud solidaria del Sr. Leonchuk se visualizó desde muy chico, ya que siempre participó solidariamente en instituciones locales. Ejemplo de esto fue que en 1985 cuando se produce la inundación del Lago Epecuén, se trasladó junto a su lancha, aportando conocimiento y dedicación, situación está que desenlazó su integración al Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Pigüé,
Que su labor riesgosa, consciente y solidaria; lo convirtió en un hombre de bien, atento al servicio de sus semejantes, siempre listo, de corazón bombero,
Que es responsabilidad de este cuerpo la denominación de las calles del distrito.
Que, para todo trámite de habilitación de servicio públicos y/o inscripciones tributarias, se debe contar con un domicilio comercial fijo existente.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Articulo Nº 1: Desígnese con el nombre de “Bombero Mario E. Leonchuk” a la calle que linda al NORTE con Calle San Juan, al ESTE con la prolongación de la Avenida Mitre, AL SUR con la Parcela 5 de la Circunscripción: II Sección: F Chacra 160, Y al OESTE en parte con parcela 24 de la Circunscripción: II, Sección: F Chacra 160 y el Arroyo Pigüé
Articulo Nº 2: Solicítese al Departamento Ejecutivo dar amplia difusión en los medios de comunicación de la ciudad, como así también colocar cartelería en el sector indicando la nueva disposición.
Artículo 3º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.-
ORDENANZA Nº 6403/2015
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EDUARDO D. METZLER | GUSTAVO J. NOTARARIGO | ||||
SECRETARIO ADMINISTRATIVO | PRESIDENTE | ||||
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ | H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ | ||||
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LUIS O. GRIBALDO | ALEJANDRA GONZALEZ | ||||
SECRETARIO LEGISLATIVO | SECRETARIA LEGISLATIVA | ||||
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ | H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ | ||||
CR. RAFAEL S. KREDER | |||||
SECRETARIO LEGISLATIVO | |||||
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ |