6418

CORRESPONDE A EXPTE. Nº 83.783/15.-

VISTO:

Que, el 24 de septiembre pasado se firmo entre la Universidad Provincial del Sudoeste, la Comisión de Investigaciones Científicas de la Provincia de Buenos Aires y el Intendente Municipal del Partido de Saavedra-Pigüé, un convenio para acciones conjuntas orientadas a la mejora y preservación del Medio Ambiente;  y:

CONSIDERANDO:

Que, el presente convenio tiene por objeto la puesta en marcha de una planta de abatimiento de arsénico en el Distrito de Saavedra – Pigüé.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Articulo 1º:   Convalidase el 1) Convenio Especifico y el 2) Acta Acuerdo Complementaria entre el MINISTERIO DE LA PRODUCCION, CIENCIA Y TECNOLOGIA DE LA P.B.A.; LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR; LA UNIVERSIDAD PROVINCIAL DEL SUDOESTE Y el MUNICIPIO DE SAAVEDRA-PIGUE, 1) Tiene por objeto  la puesta en marcha de acciones conjuntas orientadas a la mejora y preservación del medio ambiente en el Partido de Saavedra, dentro de ellas se incorporan acciones educativas y de capacitación consistentes con la mejora de de las practicas de los individuos e instituciones en el cuidado  medioambiental.- La CIC proveerá una planta de Abatimiento de Arsénico en agua, brindando asistencia técnica en temas vinculados a la gestión del medio ambiente, a través de capacitación, difusión o asesoramiento y el Municipio presta acuerdo para que la planta sea utilizada por la UPSO y la CIC para acciones educativas, de difusión de tecnología involucrada  o demostraciones a Municipios vecinos u otros interesados y 2) El Municipio y la CFP se declaran como Instituciones Adherentes a la Escuela de Oficios itinerante, cuyo objeto es desarrollar Programas de Formación Profesional y Atención Comunitaria que permitan satisfacer las demandas generadas por la comunidad, comprometiendo la participación de los actores sociales en su gestión, en el marco de la educación técnico profesional continua y permanente, que contribuya al desarrollo local o regional del Municipio de Saavedra-Pigüé.-

Artículo 2º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.-

ORDENANZA Nº 6418/2015

 

EDUARDO D. METZLER GUSTAVO J. NOTARARIGO
SECRETARIO ADMINISTRATIVO PRESIDENTE
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ
 

 

 

 

 

 

 

LUIS  O. GRIBALDO ALEJANDRA GONZALEZ
SECRETARIO LEGISLATIVO SECRETARIA LEGISLATIVA
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ