6427

CORRESPONDE A EXPTE. Nº 83.885/15.-

VISTO:

La nota presentada por la titular del inmueble partida Nº 14922, solicitando la Escritura Publica de Cancelación de Hipoteca, sobre el mencionado inmueble; y:

CONSIDERANDO:

Que, el informe del Asesor Letrado Municipal, no encuentra objeción para librar la mencionada escritura.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Articulo 1º:   Autorizase al Departamento Ejecutivo a efectuar la escritura de cancelación de hipoteca de la unidad habitacional identificada catastralmente como: Circunscripción II, Sección C, Quinta 31,  Manzana 31-h, Parcela 3, Partida Nº 14922, de Pigüé.-

Artículo 2º: A los efectos de proceder a la escrituración del inmueble Partida Nº 14922, dese intervención a la escribanía general de Gobierno, a fin de realizar dicha tramitación.-

Artículo 3º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.-

ORDENANZA Nº 6427/2015

 

EDUARDO D. METZLER GUSTAVO J. NOTARARIGO
SECRETARIO ADMINISTRATIVO PRESIDENTE
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ
 

 

 

 

 

 

 

LUIS  O. GRIBALDO ALEJANDRA GONZALEZ
SECRETARIO LEGISLATIVO SECRETARIA LEGISLATIVA
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ
CR. RAFAEL S. KREDER
SECRETARIO LEGISLATIVO
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ