CORRESPONDE A EXPTE. Nº 81.963/14.-
VISTO:
Que por la incapacidad física de la señora OLGA CRISTINA STREMEL, constatados a fojas. 47 y 48 del presente y,
CONSIDERANDO:
Que los montos establecidos en las cuotas de devolución del Préstamo se Puede son elevados
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Artículo 1º: Modifícase el valor de la cuota mensual de Pesos Cuatrocientos veintiuno con cinco centavos ($421,05) otorgada bajo el programa Productivo “se puede”, a la suma de PESOS DOSCIENTOS DIEZ CON CINCUENTA Y TRES CENTAVOS ($ 210,53) MENSUALES, a partir del mes de octubre de 2015.
Artículo 2º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.-
ORDENANZA Nº 6447/2015
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MARÍA PAMELA HERNANDEZ | MARIA ANDREA CAMANDONA | ||||
SECRETARIA ADMINISTRATIVA | PRESIDENTE | ||||
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ | H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ | ||||
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MARCELA A. GUIDO | ALEJANDRA GONZALEZ | ||||
SECRETARIO LEGISLATIVO | SECRETARIA LEGISLATIVA | ||||
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ | H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ | ||||
LUIS O. GRIBALDO | |||||
SECRETARIO LEGISLATIVO | |||||
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ |