6520

CORRESPONDE A EXPTE. Nº 79246/13

Visto:

La nota presentada a fs. 8 por la Licenciada Silvana Ércoli, Directora de Política Social, Familiar y de Promoción de Derechos  y;

Considerando:

El convenio obrante a fs.  9 a 11 del presente expediente

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo 1: Autorízase  a suscribir un Convenio de Cooperación entre el Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia de la Provincia de Buenos Aires, y la Municipalidad de Saavedra (Pigüé), la cuál percibirá una suma mensual, por diez (10) plazas, destinadas a cubrir gastos de los niños/as y adolescentes (de 0 a 18 años), del Distrito que residen en el Hogar Convivencial “Avelén Hué” de Pigüé-

Articulo 2: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DOCE   DÍAS DEL MES DE OCTUBRE   DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.

ORDENANZA Nº 6520/2016

MARÍA PAMELA HERNANDEZ

SECRETARIA ADMINSITRATIVA

H.C.D. SAAVEDRA-PIGUE.

MARÍA ANDREA CAMANDONA

PRESIDENTE

H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ

 

 

 

 

 

LUIS O.GRIBALDO

SECRETARIO LEGISLATIVO

H.C.D.-SAAVEDRA-PIGUE

 

MARCEL A. GUIDO

SECRETARIA LEGISLATIVA

H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ

ALEJANDRA GONZALEZ

SECRETARIA LEGISLATIVA

H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜE