Becas gratuitas para el uso de los natatorios municipales
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CORRESPONDE A EXPTE. Nº 8223/2016-

VISTO:

Que en Pigüé existe un Parque Municipal que cuenta con un predio de natatorios para uso de público en general, vemos la necesidad de brindar ingreso gratuito a estudiantes de escuelas públicas que se hayan destacado por diferentes cuestiones durante el ciclo lectivo de 2016.

CONSIDERANDO:

Que hay actualmente muchos jóvenes que se encuentran cursando sus estudios en escuelas públicas del Distrito de Saavedra y poseen atributos y cualidades destacables  pero no cuentan con los recursos económicos suficientes para poder ingresar a las instalaciones;

EL  HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

ARTÍCULO 1º: Se otorgarán entradas de libre acceso para determinados alumnos de escuelas públicas, para el uso de natatorios para toda la temporada,

ARTÍCULO 2º: Se solicitará a las escuelas un listado de alumnos que se hayan destacado en diferentes rubros: Participación en jornadas solidarias, comunitarias, sociales, con buenas calificaciones, etc.

ARTÍCULO 3º: Las autoridades competentes para realizar dicha lista serán el Equipo Directivo y el Equipo de Orientación Escolar;

ARTÍCULO 4º: El número de becarios por cada institución será dictaminado por las autoridades competentes del Distrito que deberán informarlo a cada una de las Instituciones Educativas correspondientes en el mes de Octubre de cada año;

ARTICULO 5º: Esta iniciativa tiene como objetivo la promoción del encuentro entre jóvenes desde múltiples espacios, principalmente desde el Natatorio Municipal del Parque Municipal de la localidad de Pigüé,

ARTÍCULO 6º: A los efectos de poder ingresar al natatorio se les extenderá un carnet o credencial diferenciada de las demás, para facilitar la entrada de los alumnos al mismo.

ARTÍCULO 7º: Los alumnos deberán respetar y cumplimentar el reglamento y los requisitos del uso de las piletas. En caso de cometer falta reiteradas al mismo, se les quitara el beneficio del carnet y quedaran excluidos de ingresar por toda la temporada 2016-2017,

ARTÍCULO 8º: Esta lista de alumnos se renovará todos los ciclos lectivos considerando su comportamiento y su desempeño escolar, involucrando a nuevos alumnos y los ya becados en años anteriores.

ARTICULO 9º: Cabe aclarar que esta credencial será intransferible y podrá ser rechazada por los alumnos que no la deseen poseer, posibilitando darle la oportunidad a otros estudiantes que merezcan disfrutar de este beneficio

ARTÍCULO 10º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTISÉIS    DÍAS DEL MES DE OCTUBRE  DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.

ORDENANZA Nº 6528/2016

 

  MARÍA PAMELA    HERNANDEZ MARÍA ANDREA CAMANDONA
SECRETARIA ADMINISTRATIVA PRESIDENTE
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ
 

 

 

 

 

 

 

           MARCELA A.  GUIDO ALEJANDRA GONZALEZ
SECRETARIO LEGISLATIVO SECRETARIA LEGISLATIVA
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ
 

 

 

 

 

LUIS  O. GRIBALDO

SECRETARIO LEGISLATIVO
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ