CORRESPONDE A EXPTE. Nº 8223/2016-
VISTO:
Que en Pigüé existe un Parque Municipal que cuenta con un predio de natatorios para uso de público en general, vemos la necesidad de brindar ingreso gratuito a estudiantes de escuelas públicas que se hayan destacado por diferentes cuestiones durante el ciclo lectivo de 2016.
CONSIDERANDO:
Que hay actualmente muchos jóvenes que se encuentran cursando sus estudios en escuelas públicas del Distrito de Saavedra y poseen atributos y cualidades destacables pero no cuentan con los recursos económicos suficientes para poder ingresar a las instalaciones;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
ARTÍCULO 1º: Se otorgarán entradas de libre acceso para determinados alumnos de escuelas públicas, para el uso de natatorios para toda la temporada,
ARTÍCULO 2º: Se solicitará a las escuelas un listado de alumnos que se hayan destacado en diferentes rubros: Participación en jornadas solidarias, comunitarias, sociales, con buenas calificaciones, etc.
ARTÍCULO 3º: Las autoridades competentes para realizar dicha lista serán el Equipo Directivo y el Equipo de Orientación Escolar;
ARTÍCULO 4º: El número de becarios por cada institución será dictaminado por las autoridades competentes del Distrito que deberán informarlo a cada una de las Instituciones Educativas correspondientes en el mes de Octubre de cada año;
ARTICULO 5º: Esta iniciativa tiene como objetivo la promoción del encuentro entre jóvenes desde múltiples espacios, principalmente desde el Natatorio Municipal del Parque Municipal de la localidad de Pigüé,
ARTÍCULO 6º: A los efectos de poder ingresar al natatorio se les extenderá un carnet o credencial diferenciada de las demás, para facilitar la entrada de los alumnos al mismo.
ARTÍCULO 7º: Los alumnos deberán respetar y cumplimentar el reglamento y los requisitos del uso de las piletas. En caso de cometer falta reiteradas al mismo, se les quitara el beneficio del carnet y quedaran excluidos de ingresar por toda la temporada 2016-2017,
ARTÍCULO 8º: Esta lista de alumnos se renovará todos los ciclos lectivos considerando su comportamiento y su desempeño escolar, involucrando a nuevos alumnos y los ya becados en años anteriores.
ARTICULO 9º: Cabe aclarar que esta credencial será intransferible y podrá ser rechazada por los alumnos que no la deseen poseer, posibilitando darle la oportunidad a otros estudiantes que merezcan disfrutar de este beneficio
ARTÍCULO 10º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTISÉIS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.
ORDENANZA Nº 6528/2016
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MARÍA PAMELA HERNANDEZ | MARÍA ANDREA CAMANDONA | ||||
SECRETARIA ADMINISTRATIVA | PRESIDENTE | ||||
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ | H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ | ||||
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MARCELA A. GUIDO | ALEJANDRA GONZALEZ | ||||
SECRETARIO LEGISLATIVO | SECRETARIA LEGISLATIVA | ||||
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ | H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ | ||||
LUIS O. GRIBALDO |
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SECRETARIO LEGISLATIVO | |||||
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ |