CORRESPONDE A EXPTE. Nº 85.537/2016-
Visto:
La próxima habilitación de la temporada estival 2016 – 2017 y,
Considerando:
Que los montos establecidos para el uso de los natatorios del Parque Municipal de Pigüé necesitan ser modificados;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Articulo 1º: Modifícase los valores establecidos en el CAPÍTULO XX – TASA POR SERVICIOS VARIOS, Art. 119º, Incisos r) al v), de la Ordenanza Anual Impositiva y Fiscal 2015, a partir del 01 de Diciembre de 2016:
Derecho uso de pileta de natación:
Mayores, por mes $270,00
Menores de 7 a 12 años, por mes $100,00
Menores de 13 a 17 años, por mes $150,00
Mayores, por temporada $750,00
Menores de 7 a 12 años, por temporada $300,00
Menores de 13 a 17 años, por temporada $450,00
Derecho mensual para grupo familiar (comprende como mínimo tres (3) personas) se establece una rebaja del treinta por ciento (30%) sobre el valor de los derechos mensuales individuales.-
Cuando resten quince (15) días o menos para el cierre de la temporada de los natatorios, se abonará el cincuenta por ciento (50%) de los derechos mensuales.-
Derecho diario uso de natatorios:
- Lunes a Viernes:
Mayores $45,00
Menores $30,00
- Sábados, Domingos y Feriados:
Mayores $50,00
Menores $40,00
Exímase del pago en los natatorios municipales del Partido de Saavedra, a las personas mayores de sesenta (60) años que concurran a los mismos.-
Derechos de camping con vehículo y/o carpa, por día y por cada uno Pesos sesenta ($60,00).-
Los contingentes de más de 15 (quince) personas abonarán el siguiente monto por persona y por día por derecho al uso del camping y natatorios:
Lunes a Viernes Mayores $40,00
Menores $30,00
Sábados, Domingos y Feriados:
Mayores $50,00
Menores $45,00
Derechos de uso de reposeras, por día y por unidad Pesos Veinte($20,00).-
Exímase de pago por derecho de uso del camping municipal del Parque “Fortunato Chiappara” a establecimientos educativos oficiales de la Provincia de Buenos Aires, otorgándose un descuento del cincuenta por ciento (50%) del valor del abono diario por uso de los natatorios. Podrá hacerse uso de este beneficio hasta tres (3) veces por año.-
Exímase del pago de derecho de uso de Natatorios a Empleados Municipales y/o familiares directos (hijos y/o Cónyuge) desde la Categoría 1 a 10 inclusive.-
Articulo 2º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.
ORDENANZA Nº 6535/2016
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MARÍA PAMELA HERNANDEZ | MARÍA ANDREA CAMANDONA | ||||
SECRETARIA ADMINISTRATIVA | PRESIDENTE | ||||
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ | H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ | ||||
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MARCELA A. GUIDO | ALEJANDRA GONZALEZ | ||||
SECRETARIO LEGISLATIVO | SECRETARIA LEGISLATIVA | ||||
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ | H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ | ||||
LUIS O. GRIBALDO |
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SECRETARIO LEGISLATIVO | |||||
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ |