CORRESPONDE A EXPTE. Nº 8216/16.-
VISTO:
La necesidad de ordenar el tránsito y estacionamiento de motos y ciclomotores.
CONSIDERANDO:
Que se presentó un proyecto similar en el año 2001 ordenanza n° 5943/11
Que al no contar con un sector específico para el estacionamiento de motos, éste se vuelve desordenado.
Que la moto es un transporte económico y de uso frecuente entre los estudiantes.
Que es necesario brindar la mayor seguridad posible a quienes utilizan este medio de transporte.
Que año tras año, se va incrementando la cantidad de motos que circulan en el radio de la EESTN1.
Que esta sería una experiencia piloto para este establecimiento educativo, pero que posteriormente podría ser implementado en otras zonas de la ciudad.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Artículo 1: Exceptúese a las vallas como obstáculos, tal como especifica el Código de Tránsito y Transporte del Distrito de Saavedra, en su artículo 19º
Artículo 2: Delimítese un espacio exclusivo en la vía pública para el estacionamiento de motos.
Artículo 3: El espacio creado estará ubicado entre Avda Cabanettes y Francia, esquina Francia.
Artículo 4: El sector demarcado será de 7,20 metros y contará con un vallado que delimite el espacio, con un caño para asegurar las motos y cartelería indicativa sobre la utilización exclusiva para motos de ese espacio.
Artículo 5: La oficina responsable de poner en obra esta ordenanza será la encargada de colocar el vallado, el caño y la cartelería, así como también el pintado sobre la calzada.
Artículo 6: El área de prensa, dará la difusión necesaria, para que la población tome conocimiento de esta ordenanza, una vez culminada la demarcación y vallado citada en el artículo 3.
Artículo 7: El Departamento Ejecutivo Municipal reglamentará la presente ordenanza,
Artículo 8: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIECISÉSIS DIAS
DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.-
ORDENANZA Nº 6544/2016
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MARÍA PAMELA HERNANDEZ | MARÍA ANDREA CAMANDONA | ||||
SECRETARIA ADMINISTRATIVA | PRESIDENTE | ||||
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ | H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ | ||||
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MARCELA A. GUIDO | ALEJANDRA GONZALEZ | ||||
SECRETARIO LEGISLATIVO | SECRETARIA LEGISLATIVA | ||||
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ | H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ | ||||
LUIS O. GRIBALDO |
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SECRETARIO LEGISLATIVO | |||||
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ |