6554

CORRESPONDE A EXPTE Nº 8233/2016.-

VISTO:

La documentación requerida por Ordenanza Nº 6211/2013 para iniciar trámites de alta de un comercio, cambio de rubro, cambio de razón social, cambio de domicilio y

CONSIDERANDO:

Que algunos requerimientos detallados en la Ordenanza Nº 6211/2013 resultan onerosos para los vecinos interesados en habilitar comercios.

Que es de suma complejidad reunir ciertos requisitos mencionados en la Ordenanza vigente.

Que es necesario flexibilizar el trámite de habilitación comercial.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo 1º: Modifíquese la planilla entregada por mesa de entrada de documentación requerida para inicio de trámites de:

ALTA DE COMERCIO

CAMBIO DE RUBRO

CAMBIO DE RAZON SOCIAL

CAMBIO DE DOMICILIO

En la cual se deberá exigir la documentación que a continuación se detalla:

  1. Fotocopia del documento de identidad del interesado.-
  2. Certificado de constatación de domicilio particular del interesado, expedido por el Registro Provincial de las Personas.-
  3. Boleta de un servicio (gas, electricidad, sanitario, teléfono, etc.) del domicilio particular del interesado.-
  4. Copia de comprobante del CUIT o solicitud presentada en la AFIP.
  5. Numero de Inscripción de Ingresos Brutos.-
  6. No se exigirá recibo de pago de jubilación.-
  7. Contrato de sociedad (en caso de sociedades) y fotocopia.-
  8. Presentación de croquis del local a habilitar autorizado por Secretaría de Obras Públicas Municipal, a los comercios que cuenten con una superficie de hasta 30 mts. cuadrados.
  9. Certificación extendida por la Dirección de Planeamiento Urbano de la factibilidad de uso del suelo de acuerdo al plan de Ordenamiento Urbano y Territorial del Partidos de Saavedra (Ordenanza 5570/08).-
  10. Presentación de croquis eléctrico del local a habilitar autorizado por

Secretaría de Obras Públicas Municipal.-

  1. Acta de inspección e informe de Bromatología si corresponde y fotocopias.-
  2. Libre deuda de tasas municipales del local a habilitar o comprobante de pago de moratoria por deuda de tasas municipales.-
  3. Libre de deudas de tasa de seguridad e higiene del interesado o comprobante de pago de moratoria por deuda de tasa de seguridad e higiene.-
  4. Presentar Declaración Jurada de sucursales existente bajo la misma razón social de acuerdo a la Ley Provincial Nº 12.573.-

Artículo 2º: Notifíquese a todas las inmobiliarias del Partido de Saavedra sobre la vigencia de la presente Ordenanza y su ámbito de aplicación.

Artículo 3º: Notifíquese a los comercios que a la fecha de promulgación de la presente Ordenanza se encuentren en vías de habilitación comercial.

Artículo 4°: Modifíquese la Ordenanza General Fiscal Impositiva en los artículos que corresponda para posibilitar el cobro de la tasa de habilitación con un plazo de 90 días de iniciado el trámite y la exención del pago de las dos primeras cuotas de la tasa de seguridad e higiene.-

Artículo 5°: Deróguese la Ordenanza Nº 6211/2013, de fecha 27 de noviembre de 2013.-

Artículo 6°:Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS

ORDENANZA Nº 6554/2016

 

  MARÍA PAMELA HERNANDEZ   MARIA ANDREA CAMANDONA
SECRETARIA ADMINISTRATIVA                 PRESIDENTE
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ
 

 

 

 

 

 

 

           MARCELA A.  GUIDO ALEJANDRA GONZALEZ
SECRETARIO LEGISLATIVO SECRETARIA LEGISLATIVA
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ
LUIS  O. GRIBALDO
SECRETARIO LEGISLATIVO
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ