Modificación del Artículo 54º de la ordenanza 6550/16
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CORRESPONDE A EXPTE. Nº 8.296/17.-

VISTO:

La necesidad de contratar a profesionales Arquitectos, Ingeniero civil o Maestro mayor de obras para el  relevamiento y posterior confección de planos de los edificios patrimoniales a relevar que indique la COMISIÓN PARA LA PRESERVACIÓN DEL PATRIMONIO URBANO ARQUITECTÓNICO DEL DESITRITO DE SAAVEDRA.

 

CONSIDERANDO:

 

Que a los efectos de facturar sus honorarios, los profesionales, tienen que inscribirse como proveedores de la Municipalidad de Saavedra lo que implica un costo elevado en relación a los honorarios fijados por la comisión de patrimonio para relevamiento mencionado.

Que este año está previsto por la comisión relevar alrededor de 40 edificios patrimoniales y eso indica que no hay otra manera de abordar la tarea sin contratar profesionales para tal fin.

Que en el artículo 29 de la ordenanza de la comisión del patrimonio urbano arquitectónico del distrito de Saavedra, se creó un Fondo que fue destinado al financiamiento de acciones previstas por dicha comisión y esta contratación estaría dentro de esas acciones.

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

ORDENANZA

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Articulo 1º: Modifíquese el Artículo 54º de la ordenanza 6550/16, Ordenanza General Impositiva y Fiscal Año 2017, agregando el inciso “k” en el mencionado artículo, el cual quedara redactado de la siguiente manera:

  1. k) Exímase del pago de Derechos de Oficina previstos en el artículo 54º puntos 5 a) y 5 h) de la Ordenanza General Impositiva y Fiscal para el Ejercicio 2017 (Ord. 6550/16) a los profesionales que deban inscribirse en el Registro Municipal de Proveedores y Contratistas única y exclusivamente con motivo del relevamiento de inmuebles a realizarse por la COMISIÓN PARA LA PRESERVACIÓN DEL PATRIMONIO URBANO ARQUITECTÓNICO DEL DESITRITO DE SAAVEDRA.

Articulo 2º: Comuníquese a las áreas de Obras Particulares, servicios públicos y al área de compras

Artículo 3º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE ABRIL   DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE

ORDENANZA Nº 6570/2017

 

 

  MARÍA PAMELA HERNANDEZ   MARIA ANDREA CAMANDONA
SECRETARIA ADMINISTRATIVA                 PRESIDENTE
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ
 

 

 

 

 

 

 

           MARCELA A.  GUIDO ALEJANDRA GONZALEZ
SECRETARIO LEGISLATIVO SECRETARIA LEGISLATIVA
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ
LUIS  O. GRIBALDO
SECRETARIO LEGISLATIVO
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ