CORRESPONDE A EXPTE. Nº 48.127/90.-
VISTO:
La nota presentada por el Asesor Legal a fs. 90/91 del presente expediente y ;
CONSIDERANDO:
Que, el informe del Asesor Letrado Municipal, no encuentra objeción para enviar los autos al H.C.D. A FIN DE SANEAR EL EQUÍVOCO en tanto la partida correcta es 12.988 y no la 12.989 como erróneamente se consignara
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Articulo 1º: Modifícase el Art. 1º de la Ordenanza Nº 6362/2015, quedando redactado de la siguiente manera: “Art. 1º Autorízase a ceder y transferir el inmueble cuya nomenclatura catastral es: Circunscripción II, Sección F, Chacra 159,Fracción V, Parcela 14-b,Partida Nº 12.988, ubicado en la calle Luis Gely Nº 983, del Sector Industrial Planificado de Pigüé, perteneciente al Señor JOSÉ PRÓSPERO COMBES, D.N.I. Nº 5.452.435 a la señora MARÍA NOEMÍ COMBES, D.N.I. Nº 13.617.805, destinado a Venta y Reparación de Máquinas Agrícolas.-
Artículo 2º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE
ORDENANZA Nº 6612/2017
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MARÍA PAMELA HERNANDEZ | ALDO RUBÉN DÍAZ | ||||
SECRETARIA ADMINISTRATIVA | PRESIDENTE | ||||
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ | H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ | ||||
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MARCELA A. GUIDO | ALEJANDRA GONZALEZ | ||||
SECRETARIO LEGISLATIVO | SECRETARIA LEGISLATIVA | ||||
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ | H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ | ||||
LUIS O. GRIBALDO | |||||
SECRETARIO LEGISLATIVO | |||||
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ |